Reducción de la jornada laboral en Colombia: Así se calculan las horas extras y dominicales desde julio de 2026

2026-05-21 09:47:42 - MUNDO


El mercado laboral en Colombia se prepara para una de sus transformaciones más profundas en el tiempo de los trabajadores.A partir del próximo 15 de julio de 2026, entrará en vigencia la última reducción programada de la jornada de trabajo.

Esta transición coincide, además, con la plena aplicación de la nueva reforma laboral, un paquete normativo que introduce modificaciones en la remuneración de los recargos, la delimitación de los horarios y la gestión del tiempo de descanso.

Con este panorama,la antigua jornada de 48 horas semanales quedará definitivamente en el pasado, dando cumplimiento estricto a la Ley 2101 de 2021.

Dicha legislación implementó un esquema de reducción gradual que inició en julio de 2023 y queahora llega al límite máximo de 42 horas semanales.

Ante estas nuevas reglas de juego, tanto empleadores como trabajadores de todo el país deben aprender a realizar las operaciones matemáticas actualizadas para liquidar correctamente las nóminas.

Siga leyendo: Hasta el 30% de pymes podría desaparecer por alza de costos laborales como reducción de jornada laboral

Según el Ministerio del Trabajo, la normativa colombiana es explícita al determinar que la reducción del tiempo de servicio bajo ninguna circunstancia puede traducirse en una disminución de los ingresos mensuales de los empleados.

Tomando como base el salario mínimo legal vigente decretado por el presidente Petro para el 2026, el cual se fijó en $1.750.905, el efecto es inmediato en la valorización del tiempo trabajado.

Al tener que dividir el mismo salario mensual entre menos horas exigidas a la semana,el valor de la hora ordinaria experimentará un incremento.

Para quienes devengan el salario mínimo, el costo de cada hora de trabajo pasará de los $7.959 anteriores a un valor exacto de $8.338 a partir del 15 de julio de 2026. Este ajuste automático cambia toda la matriz de costos laborales, ya que la hora ordinaria constituye la variable base sobre la cual se tasan todos los recargos legales en el país.

Entérese aquí: Reducción de jornada laboral a 42 horas en Colombia: impacto en productividad y retos para empresas

La reconfiguración del esquema salarial no depende únicamente de la reducción de la jornada; la reforma laboral aprobada introdujo un incremento en los porcentajes de los recargos.

La modificación más evidente la experimentael recargo dominical y festivo, el cual pasa del 80% para el 90% sobre el valor de la hora ordinaria. Por el contrario, los porcentajes para el recargo nocturno (35%), la hora extra diurna (25%) y la hora extra nocturna (75%) conservan sus tasas preexistentes, aunque se liquidarán sobre la nueva hora ordinaria indexada.

Otro de los puntos neurálgicos de la reforma es la modificación del reloj laboral. El horario nocturno se adelantará oficialmente, iniciando ahora a las 7:00 p. m. y extendiéndose hasta las 6:00 a. m. del día siguiente.

Esto significa que las dos horas comprendidas entre las 7:00 p. m. y las 9:00 p. m., que antes se pagaban como jornada diurna ordinaria, ahora acumularán de forma obligatoria el recargo nocturno o el valor de horas extras nocturnas según corresponda el turno del operario.

Debido a la indexación simultánea del recargo dominical al 90%, las fórmulas de remuneración combinada para quienes laboren en días de descanso o festivos se reajustan de la siguiente manera:

-Recargo nocturno dominical o festivo: Se compone del 35% nocturno más el 90% dominical, consolidando un 125% (frente al 115% que se aplicaba anteriormente).

-Hora extra diurna dominical o festivo: Suma un 25% de la extra diurna y el 90% dominical, para un total de 115% (frente al 105% previo).

-Hora extra nocturna dominical o festivo: Incorpora el 75% de la extra nocturna y el 90% dominical, ascendiendo al 165% (frente al 155% del régimen antiguo).

Siga leyendo: ¿Es verdad que la jornada laboral de 42 horas acabará con el Día de la Familia en Colombia?

https://twitter.com/ElOpinometro_/status/2056819680099053979?ref_src=twsrc%5Etfw

Para facilitar la gestión contable de las empresas y permitir la auditoría de los trabajadores sobre sus desprendibles de pago, presentamos la tabla de valores absolutos vigentes a partir del 15 de julio de 2026, calculados estrictamente sobre el salario mínimo de $1.750.905 y la nueva hora ordinaria de $8.338:

La legislación determina quela jornada laboral de 42 horas debe ser distribuida obligatoriamente en un máximo de seis días a la semana, garantizando siempre a favor del trabajador al menos un día completo de descanso consecutivo, que por regla general coincide con el domingo.

Asimismo, las empresas deben tener presente que el límite máximo de horas extras permitidas por la ley se mantiene inalterado: solo se pueden programar hasta dos horas extras al día y un tope de 12 horas extras a la semana.

Además, como mecanismo de equilibrio económico ante el encarecimiento de la hora de trabajo, la ley estipula que aquellas compañías que implementen la jornada completa de 42 horas semanales quedarán exoneradas de otorgar la jornada semestral obligatoria de descanso conocida como el ‘Día de la Familia’.

Este beneficio para los trabajadores se perderá definitivamente a partir del 16 de julio de 2026, fijándose el 15 de julio como la fecha límite improrrogable para solicitar y disfrutar de dicho beneficio semestral.

Para consultar contenido premium o profundizar sobre sus temas de interés de Medellín, Antioquia, Colombia y el Mundo, regístrese aquí.